Calculadora de retención de IRPF en factura

Calcula la retención de IRPF que aparece en la factura: la que descuenta tu pagador y que él ingresa a Hacienda con el modelo 111, o la que retienes tú al casero de tu local con el 115. Obtén también el total, con IVA si lo necesitas. Es una estimación orientativa.

Datos de la factura

Introduce base, tipo de IVA (si aplica) y porcentaje de retención. Si no sabes cuál te toca, elige tu caso.

€
%

Pon 0 si tu operación no lleva IVA.

%

Si alquilas un local para tu actividad, aquí el que retiene eres tú: descuentas el 19 % de la renta al casero y lo ingresas con el modelo 115. La base es la renta del mes sin IVA.

IVA

Resultado orientativo. Revisa el % aplicable según tu situación.

Qué porcentaje te toca

La retención de IRPF es un adelanto del impuesto que descuenta quien paga. Estos son los tres casos habituales de un autónomo:

Caso Retención Quién retiene y lo ingresa
Profesional que factura a una empresa o a otro autónomo15 %Tu cliente, con el modelo 111
Profesional en su año de alta y los dos siguientes7 %Tu cliente, con el modelo 111
Alquiler del local donde trabajas19 %Tú, como inquilino, con el modelo 115

Si facturas a un particular, no hay retención. Y si tu actividad es empresarial (un comercio, un taller) y no profesional, lo normal es que tus facturas no la lleven: en ese caso el IRPF lo adelantas tú con el modelo 130. ¿No sabes si tu actividad es profesional? Búscala en los epígrafes del IAE.

En Ceuta y Melilla, las rentas con derecho a la deducción por residir y obtenerlas allí llevan los tres tipos reducidos un 60 %: 6 %, 2,8 % y 7,6 %. Es una condición, no algo automático: depende de dónde se obtiene la renta.

Cómo se calcula

  • IVA = base imponible × (tipo de IVA / 100)
  • Retención = base imponible × (% de retención / 100)
  • Total a cobrar = base imponible + IVA − retención

Los dos porcentajes se aplican sobre la misma base imponible, nunca uno sobre el otro: la retención no se calcula sobre el importe con IVA. El IVA lo ingresas tú en tu modelo 303; la retención la descuenta tu pagador de lo que te paga y la ingresa él a Hacienda con el modelo 111, así que tú la recuperas más adelante en tu declaración de la renta o en el modelo 130.

Dos ejemplos con números

Una factura de profesional, con los valores que la calculadora trae cargados: base de 1.000 €, IVA del 21 % y retención del 15 %.

  • IVA: 1.000 × 21 % = 210 €
  • Retención: 1.000 × 15 % = 150 €
  • Total a cobrar: 1.000 + 210 − 150 = 1.060 €. Los 150 € los ingresa tu cliente por ti.

El alquiler de tu local: una renta de 800 € al mes más el 21 % de IVA, con retención del 19 %.

  • IVA: 800 × 21 % = 168 €
  • Retención: 800 × 19 % = 152 €
  • Pagas al casero: 800 + 168 − 152 = 816 €, y los 152 € los ingresas tú con el modelo 115.

Qué no resuelve esta calculadora

  • Si tu cliente tiene que retenerte o no. Depende de quién es y de tu actividad; la tabla de arriba es la regla general, no todas las excepciones.
  • Las retenciones de nóminas, que van con otros porcentajes aunque también se ingresen con el 111.
  • Tu pago fraccionado. Lo que te retienen se resta en el 130, que se calcula en la calculadora del modelo 130.

Preguntas frecuentes

¿Quién ingresa la retención en Hacienda?

Quien paga. Si facturas como profesional a una empresa o a otro autónomo, te descuenta la retención y la ingresa él con su modelo 111. En el alquiler de un local es al revés: el inquilino retiene al casero y la ingresa con el modelo 115.

¿Cuándo puedo aplicar el 7 % en vez del 15 %?

El año en que empiezas tu actividad profesional y los dos siguientes (artículo 95 del Reglamento del IRPF). Pasado ese plazo, el tipo general es el 15 %.

¿Tengo que poner retención si mi cliente es un particular?

No. Solo retienen las empresas y los profesionales cuando te pagan dentro de su actividad. A un particular le facturas sin retención: pon 0 en el porcentaje y el total será la base más el IVA.

¿La retención se calcula sobre el total con IVA?

No, sobre la base imponible, igual que el IVA. Los dos porcentajes se aplican a la misma base y ninguno se calcula sobre el otro.

¿Recupero lo que me retienen?

No se pierde: es un adelanto de tu IRPF. Se resta en tu pago fraccionado del modelo 130 (si lo presentas) y, al final, en la declaración de la renta.

Estimación orientativa. Si no tienes que retener, pon el porcentaje a 0 y el total será simplemente base + IVA. El tipo que corresponde a tu caso depende de tu situación: confírmalo con tu gestor o en la Agencia Tributaria.

/ Siguiente paso

Esa retención, la app la va acumulando y la resta sola en el borrador del 130.

Una retención no se queda en la factura: se descuenta del pago fraccionado del trimestre. Fiscalio las va sumando a medida que anotas las facturas y las aplica donde tocan, sin que tengas que buscarlas al final.

  • Anotar la retención junto a la factura, no aparte.
  • Ver el total retenido del año en cualquier momento.
  • Que se descuente sola en el borrador del Modelo 130.

Los borradores y estimaciones son apoyo orientativo; la presentación real depende de tu caso.