Cuándo usar esta calculadora
El modelo 130 es el pago a cuenta del IRPF que presentan cada trimestre los autónomos en estimación directa (normal o simplificada). Úsala para saber, antes de presentar, cuánto te tocará ingresar con los datos que llevas en el año.
- Te toca si tienes una actividad empresarial en estimación directa (una tienda, un taller, un comercio online…), o una profesional en la que buena parte de tus ingresos no lleva retención: trabajas para particulares o para clientes de fuera de España.
- Normalmente no te toca si eres profesional y al menos el 70 % de tus ingresos del año anterior llevaron retención (artículo 109.2 del Reglamento del IRPF). Es el caso de quien factura casi siempre a empresas con el 15 % o el 7 % descontado.
- No es esta calculadora si tributas por módulos: entonces el modelo es el 131, que se calcula con otros datos.
¿No sabes en qué caso estás? Busca tu actividad en los epígrafes del IAE: cada ficha dice si el 130 te corresponde y por qué.
Cómo se calcula
Para una estimación rápida:
- Rendimiento neto = ingresos − gastos, acumulados desde el 1 de enero
- Cuota = (rendimiento neto × 20%) − retenciones − pagos previos − minoración
- Si la cuota es negativa, se toma como 0 € (no ingreso).
No confundas porcentajes: el 20% es el pago fraccionado del modelo 130, que calculas e ingresas tú cada trimestre. Es distinto de las retenciones del 15% (o 7%) que aparecen en algunas facturas: esas las ingresa tu cliente por ti con el modelo 111 y, por eso mismo, se restan del resultado del 130.
Ese 20 % no es una costumbre: lo fija el artículo 110 del Reglamento del IRPF, que además es el que dice «desde el primer día del año», o sea el carácter acumulado. Y el 15 % de retención de las facturas de profesionales sale del artículo 101.5 de la Ley del IRPF —con un 7 % reducido durante el año de alta y los dos siguientes—.
Un ejemplo con números
Con los valores que la calculadora trae ya cargados: 12.000 € de ingresos y 5.000 € de gastos acumulados, sin retenciones ni pagos anteriores.
- Rendimiento neto: 12.000 − 5.000 = 7.000 €
- 20 % del rendimiento: 7.000 × 20 % = 1.400 €
- A ingresar: 1.400 − 0 − 0 − 0 = 1.400 €
Si ese fuera tu tercer trimestre y en los dos anteriores ya hubieras ingresado 900 € en total, el resultado bajaría a 500 €: por eso se restan los pagos previos.
Y cuando te retienen: supongamos que al cerrar el segundo trimestre llevas acumulado en el año:
- Ingresos brutos: 12.000 €
- Gastos deducibles: 3.500 €
- Retenciones del 15 % en tus facturas: 1.800 €
Cálculo: (12.000 − 3.500) × 20 % = 1.700 €. Como ya te han retenido 1.800 €, el resultado sería 0 € a ingresar (incluso tienes 100 € a tu favor para aplicar en el siguiente trimestre).
Si la mayoría de tus facturas llevan retención del 15 %, lo normal es que el Modelo 130 te salga muy bajo o a cero. No es un error: es exactamente para evitar pagar dos veces.
Los tramos del IRPF, y por qué aquí no se usan
Hay una confusión muy extendida que conviene deshacer. El IRPF tiene dos escalas que se suman: la estatal, que fija el artículo 63 de la Ley del IRPF y es igual para todos (del 9,50 % al 24,50 %), y la autonómica, que aprueba cada comunidad.
La tabla de abajo es la suma de las dos, tomando como autonómica la escala de referencia que la propia ley usa cuando no aplica ninguna otra (artículo 65).
| Base liquidable | Tipo marginal (estatal + autonómica) |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19% |
| 12.450 € – 20.200 € | 24% |
| 20.200 € – 35.200 € | 30% |
| 35.200 € – 60.000 € | 37% |
| 60.000 € – 300.000 € | 45% |
| Más de 300.000 € | 47% |
Estos tramos son para la declaración anual de la Renta, no para esta calculadora. El pago fraccionado trimestral usa un tipo fijo del 20 % sobre el rendimiento neto acumulado, no la escala progresiva. La escala se aplica en la Renta del año siguiente, donde se ajusta lo definitivo.
Y ojo con esto: la tabla ya lleva dentro la parte autonómica, así que no vuelvas a sumarle la escala de tu comunidad. Lo que sí cambia según dónde vivas es cuánto suma esa parte. Tu escala exacta la publica tu comunidad autónoma, y la estatal está en el artículo 63 de la Ley 35/2006.
Qué no resuelve esta calculadora
- Módulos. Si tributas por estimación objetiva, tu pago fraccionado es el modelo 131 y no sale de ingresos menos gastos.
- La minoración. No la calcula sola: si te corresponde, escribe el importe (lo explican las preguntas de abajo).
- Las retenciones que practicas tú. Si eres tú quien retiene —a un profesional al que pagas, o al casero de tu local—, eso va en otros modelos (el 111 y el 115). Para calcular una retención en factura está la calculadora de retención de IRPF.
- La Renta. Lo que sale aquí es un pago a cuenta; el impuesto definitivo se calcula en la declaración anual con la escala de arriba.
Cómo no pagar de más (ni de menos)
- Cuenta bien tus gastos deducibles. Cada gasto que olvidas se traduce en más IRPF. Tienes el detalle en la guía de gastos deducibles del autónomo.
- No te olvides de las retenciones. Si quieres confirmar cuánto te retienen tus clientes por factura, tienes la calculadora de retención de IRPF.
- Estima antes de presentar. Las dos semanas previas al cierre de cada trimestre son el mejor momento para ver cómo va el IRPF y reservar el importe. Tienes todos los plazos en el calendario fiscal.
- Ajusta tu cuota de autónomos a tus ingresos reales. La cuota del RETA depende de lo que ganes, y puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año. Las solicitudes se agrupan por bimestres: lo que pidas entre mayo y junio surte efecto el 1 de julio, y así sucesivamente. Las seis ventanas, una a una, están en la guía de la cuota de autónomos.
Preguntas frecuentes
En «Ingresos» y «Gastos», ¿pongo solo el trimestre o todo el año?
Todo el año hasta el final del trimestre: el modelo 130 se calcula con el rendimiento neto acumulado desde el 1 de enero. En el tercer trimestre, por ejemplo, van los ingresos y gastos de enero a septiembre. Usa importes sin IVA: el IVA va en el modelo 303, no aquí.
¿Qué son los «pagos fraccionados previos»?
Lo que ya ingresaste con los modelos 130 de los trimestres anteriores del mismo año. Como el cálculo es acumulado, hay que restarlo para no pagar dos veces lo mismo. En el primer trimestre es siempre 0.
¿Qué pongo en «Retenciones soportadas»?
La suma de las retenciones de IRPF que te han descontado en tus facturas desde el 1 de enero: la línea de retención de cada factura emitida a una empresa o a otro autónomo. Esas retenciones ya las ingresó tu cliente por ti, y por eso se restan.
¿Por qué me sale 0 €?
Porque lo que ya te han retenido y lo que pagaste antes cubre el 20 % de tu rendimiento. Es habitual si casi todas tus facturas llevan retención. Que salga 0 no significa que no haya que presentarlo: si estás obligado, se presenta igualmente. Lo explica la guía del modelo 130.
¿Qué es la «minoración» y cómo sé cuánto me toca?
Es una rebaja de entre 25 y 100 € en cada trimestre para quien tuvo un rendimiento neto de la actividad de 12.000 € o menos el año anterior (artículo 110.3.c del Reglamento del IRPF); cuanto más bajo fue, mayor es. Esta calculadora no la deduce sola: si te corresponde, escribe tú el importe; si no lo sabes, déjala a 0 y el resultado será prudente. En la app basta con escribir el rendimiento neto de tu año anterior: calcula la minoración con él y, si falta ese dato, te avisa de que puede que te estés dejando una rebaja.
Estimación orientativa. Tienes el modelo explicado paso a paso, casilla a casilla, en la guía del modelo 130; revisa tu situación concreta antes de presentarlo.
