Glosario Fiscalio
Busca un término y abre su definición. Contenido orientativo, sin asesoramiento.
Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en Canarias: grava ciertos bienes, no los servicios de un profesional.
Importe sobre el que se calculan impuestos (antes de aplicar IVA, retenciones, etc.).
Documento que acredita una operación. Debe incluir ciertos datos obligatorios.
Gasto que reduce la base sobre la que pagas impuestos si cumple requisitos.
Impuesto General Indirecto Canario: el impuesto que sustituye al IVA en Canarias, con un tipo general del 7 %. Se declara ante la Agencia Tributaria Canaria.
Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación: el impuesto indirecto de Ceuta y Melilla, que están fuera del IVA.
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas: grava la renta de las personas.
Impuesto sobre el Valor Añadido: se repercute en ventas y se soporta en compras.
Diferencia entre ingresos y costes. Puede expresarse en euros o en porcentaje.
Pago fraccionado del IRPF en estimación directa (habitualmente trimestral).
Autoliquidación periódica del IVA (habitualmente trimestral).
Autoliquidación trimestral del IGIC en Canarias: el equivalente del modelo 303, ante la Agencia Tributaria Canaria.
Resumen anual del IGIC: se presenta en enero ante la Agencia Tributaria Canaria, también si estás en la franquicia REPEP.
Ingresos menos gastos deducibles, sin IVA. Es la cifra sobre la que pagas el IRPF y de la que sale tu tramo de cuota de autónomos.
Régimen especial del pequeño empresario o profesional del IGIC: con poco volumen de operaciones, no cobras IGIC ni presentas el modelo 420.
Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: cotización a la Seguridad Social.
Parte del importe que quien paga descuenta en la factura e ingresa en Hacienda a cuenta de tu IRPF: 15 %, 7 % o 19 % según el caso.
Porcentaje que se aplica sobre una base para calcular un impuesto.