Epígrafe 826: Personal docente de enseñanzas diversas

El epígrafe 826 del IAE es una actividad profesional y tiene un IVA que depende de lo que hagas. Aquí tienes qué modelos de Hacienda presentas, cuándo y con qué plazos.

Como profesional de este epígrafe, tus clientes pueden ser empresas, que te retienen IRPF en cada factura, o particulares, que no: de esa mezcla depende que presentes o no el modelo 130. Lo que más dudas genera aquí es el IVA: depende de lo que hagas, y abajo te decimos de qué.

Si tu actividad está en Canarias, la app trabaja con IGIC en lugar de IVA; en Ceuta y Melilla, con IPSI.

Qué modelos presentas con el epígrafe 826

Por tu actividad (actividad profesional), normalmente te corresponden estos modelos en estimación directa:

Modelo 130 Revisa tu caso Cada trimestre

Pago fraccionado del IRPF

Como profesional, solo te toca si menos del 70% de tus ingresos llevan retención. Te lo dejamos marcado: revísalo.

IVA, retención y CNAE del epígrafe 826

IVA

Tu IVA depende de lo que enseñes

La Ley del IVA deja exentas las clases a título particular sobre materias que estén en los planes de estudios de algún nivel del sistema educativo (art. 20.Uno.10º). Si lo que enseñas no forma parte de esos planes, esa exención no te alcanza: tus clases llevan IVA al 21 % y presentas el 303 y el 390.

Retención de IRPF

Retención del 15 %

Tus facturas a empresas y a otros autónomos llevan una retención de IRPF del 15 %. Si empiezas, es del 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no tuvieras actividad profesional el año anterior y se lo comuniques a tu cliente (art. 95.1 del Reglamento del IRPF). A un particular no se le aplica retención: no está obligado a retener (art. 76).

CNAE orientativo

  • 85.59 Otra educación n.c.o.p.

Es la correspondencia con la CNAE-2025 que publica la AEAT a título orientativo. El CNAE es una clasificación estadística: en tus impuestos manda el epígrafe del IAE.

El 303 y el 390: depende de lo que enseñes

La app parte de que no los presentas, pero depende de tu caso: lo explica el bloque del IVA, justo encima.

Modelo 303

IVA trimestral

Tu actividad está exenta de IVA: normalmente no presentas este modelo.

Modelo 390

Resumen anual del IVA

Tu actividad está exenta de IVA: normalmente no presentas este modelo.

Según tu operativa (solo si aplica)

Estos modelos no dependen del epígrafe, sino de cómo trabajes. No se presentan «por defecto»: solo si te encuentras en estos casos.

Modelo 111

Retenciones de trabajo y profesionales

Solo si tienes empleados o pagas a profesionales con retención.

Modelo 115

Retenciones por alquiler de local

Solo si pagas alquiler de un local u oficina con retención.

Modelo 190

Resumen anual de retenciones (111)

Resumen anual del 111: solo si pagas nóminas o retenciones a profesionales.

Modelo 180

Resumen anual de retenciones de alquiler (115)

Resumen anual del 115: solo si pagas alquiler de un local.

Modelo 347

Operaciones con terceros (más de 3.005,06 €/año)

Solo si superas 3.005,06 € al año con un mismo cliente o proveedor.

Modelo 349

Operaciones intracomunitarias

Solo si vendes o compras a empresas de otros países de la UE.

Calendario de plazos (ejercicio 2026)

Fechas límite orientativas de los modelos que presentas. Son los topes nominales del calendario de la AEAT; si el último día cae en fin de semana o festivo, se traslada al siguiente día hábil.

Modelo Periodicidad Fechas límite
Modelo 130
Pago fraccionado del IRPF
Cada trimestre 1T: 20 Abr 2026 · 2T: 20 Jul 2026 · 3T: 20 Oct 2026 · 4T: 30 Ene 2027

El 4.º trimestre y los resúmenes anuales del ejercicio 2026 se presentan a principios de 2027. Consulta el calendario fiscal para verlo completo.

Gastos típicos de esta actividad

Los que más se repiten: la cuota de autónomos, el material y las herramientas con que trabajas, el alquiler del local, la gestoría y los seguros de la actividad. Si trabajas desde casa o usas el coche, hay reglas y límites propios: están en la guía.

Guía de gastos deducibles del autónomo →

Cómo te das de alta con el epígrafe 826

Primero te das de alta en Hacienda con el modelo 036, indicando el epígrafe 826 de la Sección 2ª del IAE, y después en la Seguridad Social (RETA). El modelo 037, el simplificado, ya no existe: se suprimió en febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024).

El alta de autónomo, paso a paso →

Preguntas frecuentes

¿Qué modelos de Hacienda presenta un autónomo con el epígrafe 826?

Con el epígrafe 826 (Personal docente de enseñanzas diversas), por tu actividad (actividad profesional) normalmente presentas: modelo 130 (pago fraccionado del IRPF). Los modelos 111, 115, 347 o 349 solo si tu operativa los exige (empleados, alquiler de local, operaciones con terceros u operaciones en la UE).

¿El epígrafe 826 lleva IVA?

La Ley del IVA deja exentas las clases a título particular sobre materias que estén en los planes de estudios de algún nivel del sistema educativo (art. 20.Uno.10º). Si lo que enseñas no forma parte de esos planes, esa exención no te alcanza: tus clases llevan IVA al 21 % y presentas el 303 y el 390.

¿Tengo que presentar el modelo 130 con el epígrafe 826?

Como actividad profesional, solo te toca si menos del 70% de tus ingresos llevan retención de IRPF en factura. Si la mayoría de tus facturas ya llevan retención, normalmente no lo presentas.

¿Qué retención de IRPF lleva una factura con el epígrafe 826?

Tus facturas a empresas y a otros autónomos llevan una retención de IRPF del 15 %. Si empiezas, es del 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no tuvieras actividad profesional el año anterior y se lo comuniques a tu cliente (art. 95.1 del Reglamento del IRPF). A un particular no se le aplica retención: no está obligado a retener (art. 76).

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe 826?

La AEAT indica, a título orientativo, este código de la CNAE-2025: 85.59 (Otra educación n.c.o.p.). No es una equivalencia legal: el CNAE es una clasificación estadística y el epígrafe del IAE es el que manda en tus impuestos.

ℹ️Información orientativa

Esta ficha es orientativa y no sustituye el asesoramiento fiscal. Las obligaciones reales dependen de tu situación concreta (régimen, operativa, opciones elegidas). Correspondencia epígrafe → modelos verificada contra RDL 1175/1990 (Tarifas IAE), BOE-A-1990-23930; LIVA art. 20.Uno.10º (clases particulares). Confirma siempre tu caso en la AEAT.

La app lo configura por ti

Al darte de alta en Fiscalio e indicar tu epígrafe, la app configura automáticamente estas obligaciones, te crea los vencimientos en el calendario y te avisa antes de cada plazo.

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