Epígrafe 831: Médicos de medicina general

El epígrafe 831 del IAE es una actividad profesional y es una actividad normalmente exenta de IVA. Aquí tienes qué modelos de Hacienda presentas, cuándo y con qué plazos.

Como profesional de este epígrafe, tus clientes pueden ser empresas, que te retienen IRPF en cada factura, o particulares, que no: de esa mezcla depende que presentes o no el modelo 130. Tu actividad está exenta de IVA, así que el trimestre es más corto que el de la mayoría.

Si tu actividad está en Canarias, la app trabaja con IGIC en lugar de IVA; en Ceuta y Melilla, con IPSI.

Qué modelos presentas con el epígrafe 831

Por tu actividad (actividad profesional), normalmente te corresponden estos modelos en estimación directa:

Modelo 130 Revisa tu caso Cada trimestre

Pago fraccionado del IRPF

Como profesional, solo te toca si menos del 70% de tus ingresos llevan retención. Te lo dejamos marcado: revísalo.

IVA, retención y CNAE del epígrafe 831

IVA

Sin IVA en factura

Esta actividad está exenta de IVA (art. 20.Uno.3º de la Ley del IVA): tus facturas no llevan IVA y, a cambio, no puedes deducirte el IVA que pagas en tus compras (art. 94).

Retención de IRPF

Retención del 15 %

Tus facturas a empresas y a otros autónomos llevan una retención de IRPF del 15 %. Si empiezas, es del 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no tuvieras actividad profesional el año anterior y se lo comuniques a tu cliente (art. 95.1 del Reglamento del IRPF). A un particular no se le aplica retención: no está obligado a retener (art. 76).

CNAE orientativo

  • 86.21 Actividades de medicina general y de medicina familiar y comunitaria

Es la correspondencia con la CNAE-2025 que publica la AEAT a título orientativo. El CNAE es una clasificación estadística: en tus impuestos manda el epígrafe del IAE.

Lo que normalmente NO presentas

Por tu régimen de IVA, estos modelos no suelen aplicarte:

Modelo 303

IVA trimestral

Tu actividad está exenta de IVA: normalmente no presentas este modelo.

Modelo 390

Resumen anual del IVA

Tu actividad está exenta de IVA: normalmente no presentas este modelo.

Según tu operativa (solo si aplica)

Estos modelos no dependen del epígrafe, sino de cómo trabajes. No se presentan «por defecto»: solo si te encuentras en estos casos.

Modelo 111

Retenciones de trabajo y profesionales

Solo si tienes empleados o pagas a profesionales con retención.

Modelo 115

Retenciones por alquiler de local

Solo si pagas alquiler de un local u oficina con retención.

Modelo 190

Resumen anual de retenciones (111)

Resumen anual del 111: solo si pagas nóminas o retenciones a profesionales.

Modelo 180

Resumen anual de retenciones de alquiler (115)

Resumen anual del 115: solo si pagas alquiler de un local.

Modelo 347

Operaciones con terceros (más de 3.005,06 €/año)

Solo si superas 3.005,06 € al año con un mismo cliente o proveedor.

Modelo 349

Operaciones intracomunitarias

Solo si vendes o compras a empresas de otros países de la UE.

⚠️Ojo con el número de epígrafe

La numeración del IAE se repite entre secciones. S1ª 831: Auxiliares financieros (alta 831.x). Asegúrate de que tu alta corresponde a esta actividad.

Calendario de plazos (ejercicio 2026)

Fechas límite orientativas de los modelos que presentas. Son los topes nominales del calendario de la AEAT; si el último día cae en fin de semana o festivo, se traslada al siguiente día hábil.

Modelo Periodicidad Fechas límite
Modelo 130
Pago fraccionado del IRPF
Cada trimestre 1T: 20 Abr 2026 · 2T: 20 Jul 2026 · 3T: 20 Oct 2026 · 4T: 30 Ene 2027

El 4.º trimestre y los resúmenes anuales del ejercicio 2026 se presentan a principios de 2027. Consulta el calendario fiscal para verlo completo.

Gastos típicos de esta actividad

Los que más se repiten: la cuota de autónomos, el material y las herramientas con que trabajas, el alquiler del local, la gestoría y los seguros de la actividad. Si trabajas desde casa o usas el coche, hay reglas y límites propios: están en la guía.

Guía de gastos deducibles del autónomo →

Cómo te das de alta con el epígrafe 831

Primero te das de alta en Hacienda con el modelo 036, indicando el epígrafe 831 de la Sección 2ª del IAE, y después en la Seguridad Social (RETA). Fíjate en la sección: ese mismo número existe en otra sección del IAE con otra actividad. El modelo 037, el simplificado, ya no existe: se suprimió en febrero de 2025 (Orden HAC/1526/2024).

El alta de autónomo, paso a paso →

Preguntas frecuentes

¿Qué modelos de Hacienda presenta un autónomo con el epígrafe 831?

Con el epígrafe 831 (Médicos de medicina general), por tu actividad (actividad profesional) normalmente presentas: modelo 130 (pago fraccionado del IRPF). Los modelos 111, 115, 347 o 349 solo si tu operativa los exige (empleados, alquiler de local, operaciones con terceros u operaciones en la UE).

¿El epígrafe 831 lleva IVA?

Normalmente no. Es una actividad exenta de IVA, por lo que no presentas el modelo 303 ni el 390. Revisa tu caso, porque la exención puede depender del servicio concreto que prestes.

¿Tengo que presentar el modelo 130 con el epígrafe 831?

Como actividad profesional, solo te toca si menos del 70% de tus ingresos llevan retención de IRPF en factura. Si la mayoría de tus facturas ya llevan retención, normalmente no lo presentas.

¿Qué retención de IRPF lleva una factura con el epígrafe 831?

Tus facturas a empresas y a otros autónomos llevan una retención de IRPF del 15 %. Si empiezas, es del 7 % el año de inicio y los dos siguientes, siempre que no tuvieras actividad profesional el año anterior y se lo comuniques a tu cliente (art. 95.1 del Reglamento del IRPF). A un particular no se le aplica retención: no está obligado a retener (art. 76).

¿Qué CNAE corresponde al epígrafe 831?

La AEAT indica, a título orientativo, este código de la CNAE-2025: 86.21 (Actividades de medicina general y de medicina familiar y comunitaria). No es una equivalencia legal: el CNAE es una clasificación estadística y el epígrafe del IAE es el que manda en tus impuestos.

ℹ️Información orientativa

Esta ficha es orientativa y no sustituye el asesoramiento fiscal. Las obligaciones reales dependen de tu situación concreta (régimen, operativa, opciones elegidas). Correspondencia epígrafe → modelos verificada contra RDL 1175/1990 (Tarifas IAE), BOE-A-1990-23930; LIVA art. 20.Uno.3º (asistencia sanitaria). Confirma siempre tu caso en la AEAT.

La app lo configura por ti

Al darte de alta en Fiscalio e indicar tu epígrafe, la app configura automáticamente estas obligaciones, te crea los vencimientos en el calendario y te avisa antes de cada plazo.

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